Abogado Félix Portes propone cambios significativos en la ley de tránsito tipifica las muertes causadas por accidentes como homicidio o homicidio culposo agravado, y aumenta la pena de tres a ocho años de prisión.
Portes propone modificar los artículos 303 y 304 de la Ley 63-17 para que las sanciones correspondan a las circunstancias del caso, las acciones y actuaciones del conductor y de la víctima.
Consideró que a las siete agravantes actuales se deben agregar primero las siguientes: (a) negativa a someterse a una prueba de alcoholemia o toxicología; (b) no brindar o solicitar asistencia a una persona lesionada; c) acudir al hospital; el lugar del accidente sin cumplir con los requisitos legales para salir; (d) no reportó el accidente dentro de las dos horas siguientes a ocurrido el accidente; (e) menor con permiso, autorización, permiso de la persona. . (f) cause un accidente después de cometer un delito penal o intentar huir de las autoridades;
Si el conductor es menor de edad, no sólo son responsables solidariamente sus padres o las personas responsables de sus padres, sino también los terceros mencionados en e.
