Santo Domingo.- La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas un proyecto de ley que modificaría el artículo 8 de la ley 25-69 a fin de liberar de impuestos el cobro de las pensiones dejadas por personas fallecidas a sus herederos o sucesores.
La pieza legislativa deberá ser promulgada u observada por el Poder Ejecutivo.
Fue aprobada sin modificaciones, como fue sancionada en el Senado el pasado 4 de mayo del año en curso.
Previo a la aprobación de esa iniciativa, el Pleno de la cámara baja decidió desestimar los informes presentados por las comisiones permanentes de Hacienda y Justicia.
La misma establece en su artículo 8 que están exentos del pago del impuesto sucesoral, además de los fondos de pensiones dejados por una persona fallecida a sus herederos, las transmisiones cuyo aporte sea inferior a 500 pesos y cuando se trate de parientes en línea directa cuyo importe liquido sea inferior a mil pesos.
Además, establece el bien de familia instituido por la ley No. 1024-28, del 24 de octubre de 1928, modificado por la ley No. 5610, del 25 de agosto de 1961.
